viernes, 27 de marzo de 2009

Unilateralidad: fuente del derecho

PUNTO DE VISTA
Denuncia del Convenio de Pesca: unilateralidad
Por Luis Alfaro Garfias*

A nuestro modesto entender el unilateralismo peruano debió iniciarse en 1999, con la denuncia del Convenio de Pesca de 1954. Trabajamos el 2001 con RREE la viabilidad de este acto soberano de Estado amparado por el Derecho Internacional -por tratarse de un convenio denunciable- cuyas causas que lo generaron habian desaparecido, pero desafortunadamente sin consenso para proseguir con denunciar el mencionado Convenio.
El primer considerando del Convenio de Pesca de 1954 estipula "Que la experiencia ha demostrado que debido a las dificultades que encuentran las embarcaciones de poco porte tripuladas por gente de mar con escasos conocimientos de náutica o que carecen de los instrumentos necesarios para determinar con exactitud su posición en alta mar, se producen con frecuencia, de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos; Que la aplicación de sanciones en estos casos produce siempre resentimientos entre los pescadores y fricciones entre los países que pueden afectar al espíritu de colaboración y de unidad que en todo momento debe animar a los países signatarios de los acuerdos de Santiago; Que es conveniente evitar la posibilidad de estas involuntarias infracciones cuyas consecuencias sufren principalmente los pescadores".
Este tipo de situaciones ya no se repite como antes, porque la mayoría de embarcaciones de Perú y Chile emplean sistemas de posicionamiento GPS.
Retomando las primeras palabras, desde 1999 cuando se puso en funcionamiento el Sistema de Seguimiento Satelital para la actividad pesquera en el Perú «Sisesat», se debió denunciar el convenio, dado que los posibles problemas del considerando de dicho convenio, habían sido superados por el desarrollo tecnológico.

*Coauor del blog

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